La Ley Nº 21.015 de Inclusión Laboral tiene por finalidad promover una inclusión laboral eficaz de las personas con discapacidad, tanto en el ámbito público como en el privado.

Por lo tanto, si estos cuentan con 100 o más trabajadores y trabajadoras deberán contratar al menos el 1% de personas con discapacidad.

Sanciones por el incumplimiento de la Ley N°21.015

La Dirección del Trabajo considera el incumplimiento de las obligaciones establecidas por la Ley N°21.015 como infracción gravísima. Las multas por el incumplimiento de la Ley de Inclusión Laboral varían según la cantidad de trabajadores de la empresa infractora.

La Ley Nº 21.275 modifica el Código del Trabajo, para exigir a las empresas con más de 100 trabajadores/as la adopción de medidas que faciliten la inclusión laboral de los trabajadores con discapacidad.

Cada empresa debe:

 Contar con un gestor o gestora de inclusión laboral.
 Promover políticas en materia de inclusión y diversidad al interior de la organización.
 Elaborar y ejecutar anualmente programas de capacitación de personal en materias de inclusión.

Descarga aquí el tipificado de multas.

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